A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Jose Alexander Sandoval Lopez·Demandado Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario Inpec, Epmsc De Granada Meta Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio y el Juzgado Primero Penal Municipal de (Yumbo).
La controversia entre los precitados despachos se generó porque el primero consideró que el municipio de Yumbo era donde ocurrió y tuvo sus efectos la violación o amenaza del derecho alegada por la parte demandante, mientras que el segundo resalto que la accionada era una autoridad pública de carácter nacional y que el actor escogió a los juzgados de la ciudad de Villavicencio para interponer la solicitud de amparo.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Primero Penal Municipal de Yumbo, Valle del Cauca, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
La Sala Plena hizo una advertencia a los operadores jurídicos para que, en lo sucesivo, se abstengan de invocar las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, que modificó el Decreto 1069 de 2015, para apartarse del conocimiento de acciones de tutela, en los términos expuestos en esta providencia, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y, para garantizar así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS la providencia del 19 de septiembre de 2024, proferido por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Yumbo, Valle del Cauca, dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4811 al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Yumbo, Valle del Cauca, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Yumbo, Valle del Cauca, y a la Subsección C de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que, en lo sucesivo, se abstengan de invocar las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, que modificó el Decreto 1069 de 2015, para apartarse del conocimiento de acciones de tutela, en los términos expuestos en esta providencia, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y, para garantizar así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la presente decisión al accionante, al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Yumbo, Valle del Cauca, al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, Meta, y a la Subsección C de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.